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Noticias generales de la cámara

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCION DNU 376/2020 – AMPLIACION DECRETO 332/2020

By 21 abril, 2020mayo 27th, 2021No Comments

Mediante la publicación del Decreto 376/2020 (20/04/20), queda establecido que el estado nacional abonará un “salario complementario” a todos los trabajadores/as en relación de dependencia del sector privado, dentro y fuera de convenio, cuyos empleadores cumplan con los requisitos establecidos en el Art. 3 del Decreto 332/20, modificado por el Decreto 376/20 y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4 de las normas citadas precedentemente.

La condición impuesta para ello, es que se trate de actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan, tengan una cantidad relevante de trabajadores/as contagiados por COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por integrar un grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar y, por último, hayan padecido una reducción sustancial en su facturación, con posterioridad al 12/03/20.

Dicho salario complementario, será equivalente al 50% del salario neto del trabajador/a correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil ($16.875) ni superar dos SMVM ($33.750) o el total del salario neto correspondiente a dicho mes.

Esta asignación compensatoria al salario será considerada a cuenta del pago de las remuneraciones o de la asignación en dinero prevista en el Art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Se mantienen beneficios tales como la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino o su reducción hasta un 95% de las mismas, en función de los parámetros que defina la normativa a dictarse.

Como consecuencia de lo expuesto, se sugiere que se proceda a liquidar la primera quincena del mes de abril de 2020 como no remunerativa, a cuenta del salario complementario establecido por el Decreto 376/2020, sin que ello implique sustituir la opinión de vuestros asesores laborales.

Desde esta nota podrá encontrar el Decreto 376/2020 para su descarga.

 

Publicado el 21 abril, 2020