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Régimen de promoción de empleo | Reducción de contribuciones patronales

By 22 septiembre, 2021septiembre 23rd, 2021No Comments

Compartimos el informe emitido por la Comisión Asesora de Asuntos Laborales sobre la Resolución Conjunta 9/21 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación:

Mediante el Decreto N° 493/2021 y su norma reglamentaria, la Resolución Conjunta N° 9/2021, se implementó un régimen de promoción de empleo que prevé un beneficio para aquellas empresas que incorporen nuevos trabajadores y trabajadoras, que participen o hayan participado en programas educativos, de formación profesional o de intermediación laboral.

Estos programas son:

* Seguro de Capacitación y Empleo (Decreto N° 336/06 – Resolución MTESS N° 502/06).
* Programa de Inserción Laboral (Resolución MTESS N° 45/06).
* Programa Jóvenes con más y mejor trabajo (Resolución MTESS N° 497/08).
* Acciones de entrenamiento para el trabajo (Resolución N° 708/10).
* Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo (Resolución N°124/11).
* Programa Prestaciones por Desempleo (Resolución MTESS N° 124/11).
* Plan de Formación Profesional (Resolución MTESS N° 784/20).
* Portal Empleo (Resolución MTESS N° 152/21).
* Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Programa Jóvenes y MiPymes- (Resolución Conjunta MTESS y Ministerio Desarrollo Productivo N° 4/21).

* Programa Prestaciones por Desempleo (Resolución MTESS N° 124/11).
* Plan de Formación Profesional (Resolución MTESS N° 784/20).
* Portal Empleo (Resolución MTESS N° 152/21).
* Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Programa Jóvenes y MiPymes- (Resolución Conjunta MTESS y Ministerio Desarrollo Productivo N° 4/21).

El citado beneficio consiste en la reducción de las contribuciones patronales con destino a:

1) Sistema Integrado Previsional Argentino (Ley N° 24.241).
2) Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley N° 19.032 y modificatorias).
3) Fondo Nacional de Empleo (Ley N° 24.013).
4) Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (Ley N° 24.714).

Este beneficio consiste en una reducción del 90% durante los primeros doce meses desde el inicio de la relación laboral y un 95% para trabajadoras mujeres, travestis, transexuales, o personas con discapacidad.

Se aplica a los contratos de trabajo de tiempo indeterminado, tiempo parcial, trabajo agrario y el régimen laboral de la ley 22.250.

En síntesis, los beneficios aquí mencionados resultan de aplicación en la contratación de trabajadores y trabajadoras que sean incorporados por empresas constructoras, ya sea que se trate de personal mensualizado, encuadrable en el ámbito de aplicación de la Ley N° 20.744, o el personal jornalizado (Ley N° 22.250).

Es requisito necesario que hayan participado o participen de los programas educativos, de formación profesional o de intermediación laboral antes mencionados.

Para más información, acceder a la resolución publicada en el Boletín Oficial aquí.

Publicado el 22 septiembre, 2021

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