La Administraci贸n AFIP habilit贸 la adhesi贸n a la ampliaci贸n de la moratoria 2020, a trav茅s de la resoluci贸n general n煤mero 4816 publicada en el Bolet铆n Oficial el pasado 16 de septiembre.

La misma destac贸 que peque帽as y medianas empresas, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, aut贸nomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podr谩n regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas. Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de octubre pr贸ximo para registrarse a trav茅s de afip.gob.ar.
La resoluci贸n puso en marcha la Ley 27.562, iniciativa aprobada por el Congreso, que extendi贸 el alcance de la moratoria 2020 para incluir a aquellas personas humanas y jur铆dicas que originalmente no hab铆an sido contempladas a finales del a帽o pasado.
La ampliaci贸n de la moratoria no solo extiende el universo de contribuyentes beneficiados sino que tambi茅n contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del coronavirus. Al respecto, permite la inclusi贸n de obligaciones vencidas hasta el 31 de julio 煤ltimo.
Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzar谩n a pagar la primera cuota el 16 de diciembre.
La moratoria prev茅 beneficios para los contribuyentes cumplidores, y contempla plazos m谩s extensos para que los peque帽os contribuyentes regularicen sus obligaciones vencidas.
Las empresas e individuos que cuenten con un Certificado MiPYME vigente al momento de adhesi贸n podr谩n acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras as铆 como 60 cuotas para los aportes de la seguridad social.
El resto de los contribuyentes podr谩 ingresar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas y contar谩 con plazos de hasta 48 meses para las obligaciones previsionales.