Si su empresa fue dada de baja por disposición R.N.I.C. Nº56/94 debe solicitar una “Reinscripción” presentando la documentación requerida que se encuentra disponible en la página web: www.ieric.org.ar – seleccionar trámites.
Las empresas que tramitaron su baja en forma voluntaria deberán solicitar un “levantamiento de baja” para retomar su actividad dentro del marco de la Ley 22.250.
Fuente: IERIC